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SECCIÓN 8 - INFORMACIÓN PARA PROPIETARIOS

Resumen de la Sección 8

Las familias que participan en el Programa de Vales para Elección de Vivienda tienen la libertad de elegir cualquier vivienda de alquiler que cumpla con los Estándares de Calidad de Vivienda (HQS) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) de los EE. UU. Y alquile por una cantidad que la Autoridad de Vivienda del Condado de Franklin determine que es razonable para el tamaño y ubicación de la propiedad. El alquiler de las unidades de vivienda alquiladas bajo el Programa de Vales debe ser comparable al alquiler de las unidades sin asistencia de tamaño y ubicación similares. La Autoridad de Vivienda realiza encuestas periódicas de las unidades sin asistencia y mantiene esta lista en una carpeta para demostrar alquileres comparables.

 

La Autoridad de Vivienda del Condado de Franklin calcula la parte del alquiler de la familia utilizando fórmulas prescritas por HUD. En el Programa de Vales, la parte del alquiler de la Autoridad de Vivienda está preestablecida. Esta cantidad se basa en los ingresos de la familia y los servicios públicos pagados por el inquilino, el Estándar de pago, para el tamaño de la familia. El Estándar de Pago lo establece la Autoridad de Vivienda y se basa en el alquiler de mercado justo para esta área. La diferencia entre el alquiler mensual y la parte de la Autoridad de Vivienda la paga la familia directamente al propietario mensualmente. La parte familiar del alquiler más los servicios públicos pagados por el inquilino no puede exceder el 40% del ingreso mensual ajustado de la familia.

 

Vea las preguntas frecuentes de la Sección 8 de los propietarios | Ver mitos comunes sobre la Sección 8

 

Pasos para propietarios interesados ​​en el programa de la Sección 8
 

Paso 1: encontrar un inquilino

Un posible inquilino que tenga un vale puede acercarse a usted, o su unidad disponible puede estar incluida en la Autoridad de Vivienda. Una familia solicita a la agencia para inscribirse en el programa ("Familia" también incluye personas mayores y discapacitadas).

 

Paso 2: selección y aprobación del inquilino

La Autoridad de Vivienda determina la elegibilidad de la familia (certifica a la familia) para participar en el programa de la Sección 8. Sin embargo, la Autoridad de Vivienda no examina a los titulares de vales para determinar su idoneidad como inquilinos. Los propietarios deben hacer su propia evaluación y seguir los mismos procedimientos no discriminatorios que aplicarían a un solicitante no asistido que solicite alquilar su propiedad. La familia tiene de 60 a 120 días a partir del momento en que se emite su cupón para elegir un lugar que cumpla con los estándares de vivienda del programa y los límites razonables de alquiler. Su vivienda actual también puede calificar.

Si el solicitante cumple con los criterios de selección del propietario, el propietario y el posible inquilino completan y firman la Solicitud de aprobación de arrendamiento (haga clic aquí) que la Autoridad de Vivienda le entrega al inquilino. Esto se envía a la Autoridad de Vivienda para su aprobación.

 

Paso 3 - Aprobación del contrato de arrendamiento y la unidad por parte de la Autoridad de Vivienda

La Autoridad de Vivienda debe determinar si la unidad pasa los Estándares de Calidad de Vivienda (HQS) para calificar para el Programa de la Sección 8. Se realiza una inspección de la unidad por parte del Inspector de la Autoridad de Vivienda. Si la unidad no pasa la inspección, se le dará un tiempo razonable para realizar las reparaciones necesarias. (Vea más sobre las inspecciones a continuación).

 

Paso 4 - Firma de contrato y arrendamiento

Si el contrato de arrendamiento y la unidad cumplen con los requisitos del programa, y ​​después de que se calcula el pago de asistencia, la Autoridad de Vivienda celebrará un Contrato de Pago de Asistencia de Vivienda (HAP) con el propietario y la familia celebrará un contrato de arrendamiento con el propietario.

 

Paso 5: pago al propietario

Después de que se firman el contrato y el contrato de arrendamiento de HAP, el pago de la Autoridad de Vivienda al propietario comienza y continúa mientras la familia continúe cumpliendo con los criterios de elegibilidad y la unidad de vivienda califique bajo el programa. La agencia te paga parte del alquiler cada mes y la familia te paga el saldo.

 

Inspecciones

Recientemente hemos descubierto que nuestros inspectores han tenido que hacer 3 o 4 viajes antes de que las unidades pasen la inspección. Si su unidad no pasa la inspección, asegúrese de completar todas las reparaciones solicitadas antes de comunicarse con el inspector para volver a inspeccionar y mantener bajos nuestros costos.

 

Las regulaciones de la Autoridad de Vivienda establecen que todas las reparaciones deben completarse dentro de los 30 días. El no hacerlo podría poner en peligro su Pago de Asistencia para la Vivienda.

 

Debido al tiempo limitado, la Autoridad de Vivienda no puede realizar inspecciones previas. La siguiente es una lista de verificación de los elementos que con mayor frecuencia hacen que una unidad falle. Esta no es la inspección completa, sino solo una lista de verificación limitada para los propietarios.

 

Exterior:

  1. Cualquier pintura descascarada y descascarada debe rasparse y repintarse

  2. Los techos no deben gotear

  3. Las casas móviles deben estar ancladas

  4. Los peligros deben repararse:

    1. Pasamanos en escalones

    2. Sin pasos rotos

    3. Sin peligros de tropiezo

 

Interior:

  1. Cualquier pintura descascarada y descascarada debe rasparse y repintarse

  2. Los baños deben tener un extractor de aire o una ventana que funcione

  3. Al menos un detector de humo operable en cada piso

  4. Debe tener buena plomería y cableado eléctrico.

  5. Los vidrios rotos en las ventanas deben repararse.

  6. Tomacorrientes GFCI a menos de 5 pies de la fuente de agua (por ejemplo: lavabo del baño, fregadero de la cocina)

  7. Las ventanas deben subir y quedarse como una salida de emergencia opcional.

  8. Todos los electrodomésticos deben estar presentes y en buenas condiciones de funcionamiento.

Preguntas frecuentes de los propietarios

¿Puede un ocupante permanecer en su unidad actual y seguir recibiendo asistencia?

¡Sí! Si el ocupante es elegible, la unidad cumple con los estándares mínimos y el alquiler más los servicios públicos que debe pagar directamente el inquilino es igual o inferior al alquiler del inquilino.

¿Qué es la razonabilidad del alquiler?

El alquiler razonable es una prueba para asegurar que se pague un alquiler justo por las unidades seleccionadas para participar en el Programa de la Sección 8 y que el programa no tiene el efecto de inflar los alquileres en la comunidad. La Autoridad de Vivienda debe documentar, caso por caso, que el alquiler aprobado es razonable en función de los alquileres actuales para unidades comparables sin asistencia. Las determinaciones de razonabilidad del alquiler deben hacerse antes de que la Autoridad de Vivienda apruebe el alquiler inicial para el propietario. El alquiler bruto total (alquiler del contrato más los servicios públicos pagados por el inquilino) nunca puede exceder el alquiler razonable.

¿Qué tipo de vivienda es elegible?

Cualquier tipo de vivienda de alquiler, incluidas las viviendas unifamiliares.

¿Cuánto alquiler paga el inquilino?

La participación del arrendatario en el alquiler se basa en el 30% del ingreso ajustado, que tiene en cuenta el número de dependientes, los gastos médicos extraordinarios y los servicios públicos pagados por el arrendatario, el Estándar de pago para el tamaño de habitación apropiado.

¿Con qué frecuencia se hacen los pagos de HAP al propietario?

Mensualmente, antes del día 5 del mes, durante la vigencia del Contrato de Pagos de Asistencia para la Vivienda, siempre que se cumplan todas las obligaciones estipuladas en el contrato. Una muestra del contrato HAP está disponible haciendo clic aquí.

¿Se puede aumentar el alquiler del contrato durante la vigencia del contrato HAP si aumentan los gastos del propietario?

Sí, en la fecha de aniversario del contrato de arrendamiento, el propietario puede solicitar un ajuste anual. También se pueden hacer ajustes especiales para reflejar los aumentos en los gastos de aumentos generales en los impuestos a la propiedad inmobiliaria, servicios públicos o costos similares. Se permiten ajustes especiales en la medida en que el propietario pueda demostrar que los aumentos han aumentado los costos operativos y no son compensados por los ajustes anuales.

FAQs

Mitos comunes sobre la Sección 8

La Sección 8 solo ayudará a las familias minoritarias

FALSO - En el condado de Franklin, solo el 23% de nuestros clientes son minorías. El 77% restante son familias no minoritarias.

Si un arrendador alquila a un titular de cupones, está obligado a alquilar a todos los titulares de cupones.

FALSO : los propietarios no están obligados a alquilar a más de un titular de cupón. Alentamos a los propietarios a que examinen a nuestros inquilinos de la misma manera que examinan a otros inquilinos. Si no pasan su evaluación, puede negarse a alquilarles.

Los inquilinos de la Sección 8 destruyen la propiedad y no pagan el alquiler

FALSO : este puede ser el caso de un pequeño porcentaje de familias, al igual que puede ser el caso de familias que no pertenecen a la Sección 8. La mayoría de nuestros clientes son buenos inquilinos. Si no pagan el alquiler o dañan la propiedad, corren el riesgo de perder su asistencia para el alquiler.

La Autoridad de Vivienda les dice a los propietarios lo que pueden / no pueden hacer con su propiedad

FALSO - Siempre que la unidad pase la inspección de Estándares de Calidad de Vivienda, la Autoridad de Vivienda seguirá las reglas y pautas establecidas en el contrato de arrendamiento.

Todos los clientes de la Sección 8 no trabajan y son beneficiarios de la asistencia social

FALSO - Aquí en el condado de Franklin, con la Ley de Reforma de la Asistencia Social, la mayoría de los beneficiarios de los vales de la Sección 8 no reciben asistencia social.

La mayoría de los clientes de la Sección 8 son madres solteras con hijos

FALSO - Aunque el 49% de todos los clientes son familias con niños, no todas son familias monoparentales. El 51% de nuestro programa son familias de ancianos y discapacitados.

Los inquilinos de la Sección 8 son consumidores de drogas y delincuentes

FALSO - La Autoridad de Vivienda no permitirá personas en el programa de asistencia de alquiler si son declaradas culpables de una actividad delictiva violenta o relacionada con las drogas.

Los alquileres de la Sección 8 son demasiado bajos en comparación con los alquileres de mercado abierto, y hay mucho papeleo y molestias para los propietarios.

FALSO : Nuestras encuestas de razonabilidad de los alquileres nos ayudan a asegurarnos de que nuestros alquileres sean comparables con los alquileres del mercado abierto. La principal obligación del propietario para con la Autoridad de Vivienda es cumplir con la inspección de HQS y firmar la documentación para el arrendamiento inicial, la renovación o los cambios de arrendamiento provisionales.

Myths
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